Escamotea SNTSS bono de defunción
Sindicato decide ignorar veredictos judiciales.
Al negar el “apoyo por fallecimiento” al que tienen derecho los familiares de sus agremiados fenecidos, el Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social, se convierte en adversario legal, de quienes está obligado a amparar. La Sección VII de ese organismo reconoce la deuda de ese bono con 17 familias, pero les quiere pagar en abonos.
María Isabel Mercado Juárez
En forma indolente y ventajosa, desde 2005, el Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social ha negado el pago de “mutualidad por defunción” a los deudos de los trabajadores fallecidos, por lo que éstos han sido obligados a recurrir a demandas para reclamar lo que por Ley les pertenece.
En el extremo de la impunidad, agotados todos los recursos administrativos y legales que les dan la razón, el SNTSS se oponen a pagar y los dirigentes sindicales se niegan a recibir a los afectados.
En la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, con sede en Tijuana, se encuentran rezagados cuando menos 17 expedientes de deudos de trabajadores que reclaman el bono de mutualidad. A cada beneficiario le corresponden 80 mil pesos, significa que sumados los casos denunciados en la región que comprende Baja California y San Luis Río Colorado, Sonora, dan un total de un millón 360 mil pesos.
Este bono, es un fondo que se integra con la aportación solidaria de los trabajadores y se aplica como una ayuda por defunción a los familiares cuando alguno de los afiliados del sindicato muere. Para su conformación, a los más de 380 mil trabajadores incorporados al SNTSS se les descuenta 34.37 pesos cada quincena, recursos que son manejados por el Comité Ejecutivo Nacional.
Pese a los millonarios ingresos, que tan sólo por esa aportación voluntaria de los empleados sindicalizados recibe, el SNTSS no cumple con el pago oportuno a los deudos. De acuerdo a los afectados, se vale de cualquier “informalidad u omisión involuntaria del trabajador en vida en el llenado de la carta testamentaria” para poner trabas y así eludir o retardar la cobertura de ese fondo.
Ante la negativa del sindicato, los deudos se ven obligados a acudir ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje a promover una demanda para reclamar la aportación, pero aún ganándola, quienes dirigen el organismo sindical, lejos de proteger los derechos de las familias de sus trabajadores, los ignoran, por lo que algunos, terminan por desistir en su reclamo, aseguraron ante ZETA parientes de trabajadores del seguro social.
Como ejemplo de este “abuso sindical”, la representante de los consanguíneos de las fallecidas Marcela del Carmen Medina Medina (2006) y Lidia Chávez Soto (2007), ambas afiliadas a la Sección VII del SNTSS, relató sus casos.
Sus hijos, menores de edad, tuvieron que ser apoyados por abogados para reclamar la mutualidad de 80 mil pesos que corresponde por cada asunto. Éstos, aunque la Junta Especial Número 59 de la Federal de Conciliación y Arbitraje resolvió el primero de los casos en 2008 y el segundo en abril de 2010, hasta la fecha el sindicato del IMSS continúa sin cubrir la cantidad reclamada.
En entrevista con ZETA, el secretario general del SNTSS, Sección VII, César Joaquín Gualajara Gallegos dijo haber tenido conocimiento de los dos casos apenas en febrero pasado (2012), “cuando nos presentaron la resolución de los laudos”.
Argumentó en su defensa, que es el CEN del sindicato quien maneja los recursos, se autocalificó como facilitador de los trámites para no “afectar a un compañero de la sección fallecido y a su familia”, explicó para luego ofrecer en abonos, el pago de los 80 mil pesos que desde 2007 y 2008 el sindicato debió haber entregado a los deudos.
La veracidad de las declaraciones de Guadalajara fue refutada por la abogada Alma Margarita Hidalgo Silva, quien lleva los casos de Medina Medina y Chávez Soto, quien ante la falta de atención por parte de quienes representan el sindicato, decidió denunciar públicamente la indolencia: “…tanto de la dirigencia local como nacional del SNTSS. Se dicen defensores de los trabajadores y son ellos quienes violan los derechos de sus agremiados, hay menores de edad que esperan ese bono desde hace 5 y 4 años, sólo evasivas y trabas han encontrado como respuesta por parte del sindicato y su líder ni siquiera ha tenido tiempo de recibirme en todo este tiempo”, acusa.
SNTSS ignora veredictos
Ivette Marcela Ojeda Medina tenía 13 años cuando su mamá, Marcela del Carmen Medina, falleció; la Sección VII del Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social le negó el pago de 80 mil pesos de ayuda mutualista por defunción porque en la carta testamentaria la trabajadora no había dejado beneficiarios. Por ello, representada por la abogada Margarita Hidalgo, interpuso una demanda en la Junta Especial Número 59 de la Federal de Conciliación y Arbitraje, la cual resolvió a su favor desde el 17 de julio de 2008.
La resolución condenó al sindicato demandado por conducto de la Sección VII del organismo sindical, pero la notificación no obtuvo respuesta.
El 12 de septiembre de 2008 una nueva demanda fue interpuesta ante la Junta Federal de Conciliación radicada en Tijuana, un menor de tan sólo 7 años de edad reclamaba, a través de la abogada Hidalgo Silva, la ayuda mutualista por defunción, su mamá Lidia Chávez Soto, trabajadora de la Sección VII del sindicato del IMSS, había perecido el 1 de noviembre de 2006 y el bono tampoco le fue entregado a la familia. La Junta resolvió otra vez a favor del menor Sergio David Ladrillero Chávez el 23 de abril de 2010. Este laudo también fue ignorado por el SNTSS.
En su desespero, la representante legal logró embargar cuatro computadoras y una copiadora al sindicato, como una forma de presionar y obtener respuesta favorable para sus clientes. Eso apenas le valió para ser atendida por Alberto Bogarín, encargado de las mutualidades de la Sección VII.
“Pero su respuesta siempre es la misma, que está en trámite el pago, así me ha traído en vueltas estos años, ya me pide un documento, ya otro, pero del pago nada”, reclamó Hidalgo Silva.
“Ya no sé a dónde más recurrir, tanto la dirigencia nacional como la local se niegan a cubrir el pago, por eso es que me atrevo a denunciar públicamente estos hechos”, recalcó al acudir a la redacción de ZETA.
La reacción en el sindicato
Recibida la inconformidad por parte de la abogada Alma Margarita Hidalgo, ZETA contactó la mañana del viernes 22 de junio a César Joaquín Guadalajara Gallegos, la cita la concedió para la tarde del lunes 25 del mismo mes.
Informado sobre el motivo de la entrevista, Guadalajara envió ese mismo viernes a los abogados del sindicato a negociar con su contraparte. En su oficina ubicada en Plaza Patria, Hidalgo Silva recibió la propuesta de entregarle en forma inmediata 40 mil pesos, con lo que cubría sólo la mitad de la deuda de uno de los dos beneficiarios; los otros 40 los ofreció entregar hasta el 16 julio de 2012.
La litigante no aceptó el cheque de 40 mil pesos que le ofrecieron para cubrir la mitad del pago de Ivette Marcela Ojeda Medina, “no de esa manera informal”, refirió. Por lo que conminó a los representantes sindicales formalizar el acuerdo ante una instancia oficial como la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje.
No obstante que en ningún apartado el Fondo de Ayuda Sindical por Defunción establece el pago en abonos del apoyo por mutualidad, la Sección VII cubrió la mitad del bono a Ojeda Medina el mediodía del martes 26 de junio de 2012.
El resto de los casos, como el de Sergio David Ladrillero, y los otros 15 denunciados en la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, con sede en Tijuana, siguen sin ser atendidos. Esa tarea pendiente, el dirigente local se la dejó al CEN del SNTSS.
Es cierto que César Joaquín Gualajara Gallegos asumió el cargo en febrero del 2011, en sustitución del Hiram Cota Cota, como expuso al justificarse, sin embargo, también es una realidad que no se interesó en los expedientes con sentencias rezagas de la mutualidad por defunción hasta que recibió la llamada de este semanario tras la denuncia de una de las abogadas defensoras.
Al ser cuestionado al respecto, argumentó que las resoluciones fueron emitidas antes de su gestión, e insistió en que no tuvo conocimiento de ellas, hasta hace cinco meses. “Fue hasta febrero de este año que la licenciada Hidalgo nos notificó que había una resolución sin cubrir, y de forma inmediata la remití al Comité Ejecutivo Nacional”.
Pero inmediatamente expuso la inutilidad de la solución dada a la abogada al agregar que ofreció cubrir las deudas de los dos casos representados por Hidalgo, con dinero de la sección local que él dirige, porque “de aquí que México nos mande el cheque va a tardar más tiempo, el CEN va a pedir toda la documentación antes de dar los 80 mil pesos que le corresponde a cada uno, proceso que demoraría cuando menos seis meses”.
Y añadió: “Le acabamos de dar el primer pago (a Hidalgo Silva) de ambos casos, 20 mil pesos para cada (cual), la próxima semana le damos otro tanto y para el mes siguiente liquidaremos los 80 mil pesos restantes”.
Pero mintió, la realidad el 26 de junio, día de la entrevista, era que la abogada no había recibido un peso. Y dos días después, Hidalgo sólo recibió el 50 por ciento del bono para el caso Medina y no le entregaron nada para el hijo de la señora Chávez.
No obstante, en sus declaraciones, el dirigente sindical aseguró estar actuando en forma responsable y en apoyo a los trabajadores que enfrentan casos similares.
De hecho admitió el rezago de 17 expedientes ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje de familiares de trabajadores que exigen la cobertura del bono de mutualidad por defunción. Pero negó tajantemente que hubiese omisión de parte suya o de su antecesor por darles respuesta, el rezago lo atribuyó a lo burocrático que resultan esos procesos y a las modificaciones que en los últimos años ha registrado el reglamento que rige al sindicato.
En el caso del Fondo de Ayuda Sindical por Defunción, hasta 2008 se dividía en dos pagos de 80 mil pesos cada uno, pero a partir del 2011 es uno solo, explicó. No obstante los cambios, los familiares de los trabajadores que no hicieron el llenado como corresponde del pliego testamentario continúan obligados a interponer una demanda ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje si pretenden recibir el bono.
“Eso demuestra que el objetivo de luchar por conservar y mejorar las conquistas obtenidas en el Contrato Colectivo de Trabajo y Reglamentos que rige a ese organismo no es más que una falacia cuando al SNTSS corresponde ser quien cumpla con la preservación y respeto de los derechos de sus agremiados”, concluyó Hidalgo Silva.
Otros casos pendientes.
| 521/2005 | Imelda Orozco Vázquez. |
| 608/2005 | Isabel Cárdenas Arroyo. |
| 611/2005 | María Lourdes Ortegas Villa y otros. |
| 644/2006 | Delia Aguilar Romo. |
| 786/2007 | Delia Patricia Ontiveros Castro. |
| 385/2008 | Juana Jasso López. |











