Casinos amparados: Revés a los ingresos municipales
Siguen recurso de Hank para no pagar impuestos locales
De ejecutarse la sentencia, Tijuana devolverá 200 mil pesos de pago de derechos municipales a Hipódromo de Agua Caliente. Este año Mexicali dejó de recibir 7 millones de pesos por los cuatro amparos interpuestos por los diferentes casinos que ahí operan. Jorge Hank tampoco quería pagar otros servicios municipales, pero esos quedaron fuera del amparo
Inés García Ramos
La justicia federal amparó al único operador de casinos en Tijuana con 16 establecimientos, 13 a nombre de Hipódromo de Agua Caliente, S.A. de C.V. y tres a título de Libros Foráneos. Jorge Hank Rhon logró así evadir el pago de derechos municipales establecido en la Ley de Ingresos de Tijuana.
Al ser el primer juicio de amparo en su tipo en obtener una resolución en Baja California -la empresa se amparó en los cinco municipios-, el 28 de septiembre en el Juzgado Sexto de Distrito, la sentencia puede ser utilizada como precedente para obtener el fallo favorable en el resto de los ayuntamientos.
El dictamen del juicio de amparo 115/2012 establece que las contribuciones municipales por conceptos de Revalidación Trimestral de Máquinas de Apuestas, Expedición de Calcomanía y Aportación para la Prevención de Ludopatía, ya no le serán exigibles a la empresa, puesto que resultan inconstitucionales, al invadir la esfera federal.
Si bien la Secretaría de Gobierno tiene entre sus funciones el control, regulación y vigilancia de las autorizaciones de explotación de máquinas de juegos con apuestas, el Congreso de Baja California aprobó para la Ley de Ingresos de los cinco municipios, agregar un apartado con la inclusión de contribuciones municipales.
Después del 23 de febrero de 2012, fecha en que la empresa del ex convicto pagó alrededor de 200 mil pesos en 24 recibos al XX Ayuntamiento de Tijuana por los conceptos antes mencionados, el 6 de marzo se admitió en el Juzgado la demanda de amparo contra las autoridades que fueron señaladas como responsables.
Las autoridades ordenadoras de las reformas a las leyes de Ingresos de los cinco municipios, fueron el Congreso local, el secretario de Gobierno, el Oficial Mayor y el director del Periódico Oficial del Estado, quienes aceptaron el acto reclamado, mientras el gobernador de Baja California, José Guadalupe Osuna Millán, omitió rendir informe.
Por su parte las municipales, ejecutoras de la Ley que respondieron al acto reclamado de amparo, fueron el secretario de Administración y Finanzas, el tesorero municipal y el director general jurídico.
En entrevista con ZETA, el secretario de Administración y Finanzas, Rufo Ibarra Batista, indicó que no es competencia del XX Ayuntamiento de Tijuana solicitar un recurso de revisión del juicio de amparo, al ser las autoridades ordenadoras, las encargadas de participar en el proceso legislativo para las leyes de ingreso.
“Como autoridades ejecutorias no estamos facultadas para sostener la constitucionalidad de los artículos, o interponer recursos de revisión en juicios de amparos, solamente aplicamos la Ley que nos fue entregada, y que por mandato jurisdiccional, tenemos que aplicar”, refirió Luis Javier Covarrubias, recaudador de rentas municipal.
De hacerlo, sostuvo, los recursos de revisión serían sistemáticamente desechados, como ya ha ocurrido en casos anteriores. “La enmienda a la Ley de Ingresos de Tijuana fue promovida por el Congreso del Estado con un apartado especial para las máquinas de apuestas, entró en vigor en enero de 2012 y en febrero recibimos el primer pago de aproximadamente 200 mil pesos”, expresó por su parte el titular de Finanzas.
Ibarra Batista agregó que el interés jurídico de la empresa tiene su origen en “el daño que le está ocasionando una controversia legal entre una jurisdicción federal y una jurisdicción municipal”.
De forma específica declaró que la sentencia, aunque favorable para los casinos instalados en Tijuana, aún no está ejecutada; hasta no estarlo, la devolución no se realizará. “Falta el proceso de apelación de las partes que emitieron tal disposición, como el Congreso, el gobernador, el secretario de Gobierno; ellos promovieron la promulgación y publicación de esa Ley”.
De acuerdo a los encargados de las finanzas municipales, no les queda más que esperar dos situaciones: la ejecución de la sentencia para la devolución de los 200 mil pesos, o la presentación del recurso de inconformidad de parte de las autoridades estatales.
Para ello tienen contemplado dentro de su presupuesto, la partida de Obligaciones Jurídicas, donde se reserva un monto para las devoluciones de contribuciones municipales que sean dictadas en los juzgados.
Como única empresa dedicada al fructuoso negocio de los casinos en la ciudad, este amparo fue el único interpuesto contra la reforma a la Ley de Ingresos. A pesar de que en el portal de la Secretaría de Gobernación, Diversiones Flamingos aparece como empresa que opera una casa de apuestas, el secretario de Planeación y Finanzas aseguró no conocerla y no contar con registros, pagos o solicitudes de permiso oficiales.
La intención era una mayor supervisión a los casinos
En menos de siete meses, el Juzgado Sexto de Distrito resolvió a favor de la empresa del ex alcalde priista y derrotado aspirante a la gubernatura en 2007. El 6 de marzo de 2012 se admitió la demanda, y el 2 de octubre se notificó personalmente la sentencia del 28 de septiembre a Hipódromo de Agua Caliente, S.A. de C.V. Tres días después, se les autorizó la fotocopia certificada de la sentencia dictada.
En los actos reclamados en la demanda de amparo, también se solicitó la erradicación de los siguientes conceptos del artículo para los centros de apuestas, apuestas remotas, salas de sorteo de números o casinos:
- Apertura del establecimiento por cien mil veces el salario mínimo, 6 millones 200 mil pesos.
- Cambio de domicilio por 2 mil veces el salario mínimo, 124 mil pesos.
- Incremento por aparato por 60 veces el salario mínimo, 3 mil 720 pesos.
- Revalidación anual de licencia de operación por establecimiento por 50 mil veces, 3 millones 100 mil pesos.
- Permiso anual de operación por horario ampliado por 10 mil veces, 620 mil pesos.
Sin embargo, ya que solamente se presentaron los recibos por los tres conceptos invalidados, no fue procedente la queja proclamada por el resto de los derechos municipales, los cuales deberá seguir pagando.
En sus justificaciones, el Juzgado resolvió que solamente el Congreso de la Unión tiene la facultad para legislar en todo el país sobre la materia relativa a juegos con apuestas y sorteos. Para ello fue creada la Ley Federal de Juegos y Sorteos, con la cual se otorgó al Ejecutivo Federal competencia exclusiva para las casas de apuestas. Lo anterior está estipulado en los artículos Tercero, Cuarto y Séptimo del estatuto mencionado.
En la resolución, se reconoce la validez de imponer derechos municipales en relación a la autorización para el funcionamiento, dentro de su jurisdicción territorial, de establecimientos que tengan como actividad la organización de juegos en los que medien apuestas de cualquier tipo, por la prestación de servicios públicos a cargo de los ayuntamientos.
Por esa razón, se mantuvieron los derechos municipales cobrados por el uso de suelo y aquellos que requieren servicios conexos de seguridad pública y vialidad; servicios públicos cuya prestación representa costos administrativos por control, inspección y vigilancia, como la apertura del establecimiento, cambio de domicilio y licencia de operación.
De acuerdo a lo dictaminado por el juez, la diferencia entre estos servicios y la expedición de calcomanía, revalidación trimestral de la explotación de una máquina y la aportación trimestral para programas de ludopatía, radica en que estos últimos no van encaminados a la obtención de un servicio público que le corresponda otorgar al Ayuntamiento.
Sumado a esto, refiere que mediante tales contribuciones, el Municipio pretende sufragar el costo de los servicios de autorización, control y vigilancia de las máquinas, lo cual corresponde a la Secretaría de Gobernación.
La modificación a los apartados de las leyes de Ingreso de Tijuana fue a petición del diputado priista David Lozano Pérez, quien presentó ante la Comisión de Hacienda, la iniciativa de reforma para reglamentar la materia de casinos mediante la Ley de Ingresos de Tijuana para el ejercicio fiscal 2012.
Fue así como en diciembre de 2011, los legisladores locales, con 24 votos a favor, aprobaron de manera unánime la reforma, y se justificó la incorporación mediante el señalamiento de que los servicios requerían “una mayor supervisión y especialización sobre la materia” de las máquinas de juegos con apuestas.
Sigue Mexicali
Como se informó en la edición 1952 de ZETA, en agosto de 2011, en Mexicali hay un indiscriminado crecimiento de casinos, con más de una docena activos y ocho solicitudes por aprobarse; el año pasado, autoridades municipales plantearon la posibilidad de un reglamento de control de uso de suelo para evitar la proliferación de estos negocios.
El Departamento Jurídico del XX Ayuntamiento de Tijuana proporcionó a este Semanario información sobre cuatro amparos contra la Ley de Ingresos 2012, de las cuatro compañías que operan las casas de sorteos de números.
El caso de Hipódromo de Agua Caliente, bajo el número 312/2012 -al igual que los otros tres juicios-, aún no recibe sentencia del juez. Éste se lleva en el Juzgado Segundo de Distrito, donde fue presentada la demanda de amparo, el 4 de mayo.
En ésta, se reclama el Artículo 19 de la Ley de Ingresos de Mexicali para el ejercicio fiscal 2012. En mayo se emitió una resolución inicial, desde entonces el litigio no ha avanzado.
La empresa Palace Gaming Group, S.A. de C.V. opera bajo el nombre comercial Twin Lions y se amparó días después, pero en el Juzgado Decimoquinto de Distrito, por el mismo acto reclamado de inconstitucionalidad del Artículo 19 de la Ley de Ingresos de Mexicali.
Meses después, en junio, Operadora Briut Ubraja, SA. De C.V. o Winpot, como se le conoce comercialmente, se amparó por el mismo concepto en el Juzgado Tercero de Distrito; mientras que en agosto, la empresa Lotto Win, S.A. de C.V., con el nombre comercial Diamonds, se amparó en el Juzgado Decimosegundo de Distrito.
Si bien, no se ha dictado sentencia para ninguno de los cuatro casos, con el precedente de la empresa con mayor número de casinos en el estado -en 2011 contaban con 40 de los 48 establecidos-, es probable que las tres compañías obtengan el fallo a su favor.
“Este año no ha ingresado un solo peso por los tres derechos municipales contra los cuales se ampararon las empresas, siendo que en 2011, recibimos 7 millones de pesos”, manifestó Javier Fimbres Gallego, tesorero del Ayuntamiento de Mexicali.
El revés a la Ley de Ingresos de Tijuana puede implicar lo mismo para el resto de los municipios, si el juez dictaminó la omisión de estos tres conceptos para el siguiente año fiscal, es muy probable que ocurra lo mismo con el resto de los amparos. Serán las ciudades, las que se encarguen de devolver el monto aportado, y de retirar estas aportaciones de las proyecciones de ingresos del siguiente año.








