|
|
 |
 |
Historia de México
Juzticia
Gerardo Dávila Infante
Los días 21 de marzo siempre son motivo de comentarios, de reflexiones, discusiones y hasta debates, ya no tanto por el natalicio de Don Benito Juárez García, quien nació en dicho día el año de 1806, sino por su personalidad y su participación en la época que le tocó vivir, particularmente respecto de las Leyes de Reforma y especialmente el laicismo en la educación que aún perdura en nuestra Constitución Federal bajo la fracción I del artículo 3º, que dice: "Garantizada por el artículo 24 la libertad de creencias, la educación que imparta el Estado será laica y, por tanto, se mantendrá por completo ajena a cualquier doctrina religiosa".
Cuando se toca el tema de la educación en México y se confronta la personalidad de Benito Juárez con la iglesia católica generalmente se despiertan las pasiones y ocasionalmente se nubla la conciencia provocando la posibilidad de que se emitan opiniones tendenciosas o parciales para ambos lados según de quién se trate, sin embargo sobre este tema debemos tratar de conservar la mayor objetividad posible y sobre ese camino debemos escuchar las opiniones encontradas para normar criterio.
José Vasconcelos en su "Breve Historia de México" señala que la Revolución llamada de la Reforma se inicia el primero de marzo de 1854 con la proclamación del Plan de Ayutla, que desconocía a Santa Anna, creaba un gobierno provisional y convocaba a una asamblea constituyente.
Dice Vasconcelos que los iniciadores del movimiento se abstuvieron de darle el carácter franco de una guerra de protestantes contra católicos y que el laicismo liberal fue la máscara. Señala que la Iglesia era dueña de más de la mitad de las tierras y que el plan Poinsett exigía el apoderamiento de las tierras mexicanas en beneficio del extranjero.
José Vasconcelos señala en su libro que no se propone negar que, dada la situación del país bajo la última resurrección de Santa Anna, lo que procedía era un levantamiento general, nuevos hombres, nuevos métodos.
Apunta que ampliamente conocidos son los cargos que se formulaban contra la Iglesia: que era muy rica, que era corrompida y que su acción en la política nacional tenía carácter egoísta y corruptor, ya sea porque no daba dinero cuando debía darlo, ya sea porque en otras ocasiones apoyaba gobiernos espurios y crueles. Vasconcelos agrega que aun aceptando los tres cargos, debe decir para comenzar, que un estadista debió ver que todos ellos juntos no eran motivo para destruir a la iglesia, sino a lo sumo, para exigir su purificación.
Vasconcelos reconoce que el pago de los diezmos no debe fundarse en la coacción y que libertad de cultos es principio inseparable de una sociedad civilizada, doliéndose de que con el laicismo México adquiere el triste privilegio de ser un país ateo producto de la Reforma.
Vasconcelos señala que la separación de la iglesia y el Estado llevada a cabo mediante la Ley Juárez, es un principio generalmente aceptado, pero doliéndose de que con el laicismo, en vez de dios nos han querido ofrecer a la adoración pública, mitos de segunda como la patria que no tiene ningún sentido, si no es concebida como persona moral que sobrevive al tiempo y a las circunstancias materiales, ligándose con los valores eternos del espíritu, que, en todo caso, superan a todas las patrias.
Juan Brom en su "Esbozo de Historia de México" nos revela algunos personajes que participaron en forma predominante tanto en el Plan de Ayutla de marzo de 1854, como en la Constitución de 1857 y en general con las Leyes de Reforma, destacando Melchor Ocampo (1814-1861), liberal radical y uno de los dirigentes más activos de la Reforma, Gobernador de Michoacán, fue Secretario de Relaciones, puesto en el que negoció el Tratado McLane-Ocampo, siendo capturado posteriormente por una guerrilla conservadora comandada por Leonardo Márquez, quien ordenó su fusilamiento en Tepeji del Río Querétaro en junio de 1861.
Brom señala también a Ignacio Ramírez "El Nigromante" (1818-1879), pensador audaz entre los intelectuales de la época, militante del liberalismo radical, partidario de los derechos de los indios, maestro y periodista, quien adoptó el pseudónimo de "El Nigromante" (hechicero), quien a los 19 años proclamó y argumentó en su discurso de ingreso a la Academia de Letrán: "No hay Dios; los seres de la naturaleza se sostienen por sí mismos", fue miembro del Congreso Constituyente de 1856-57 y sostuvo la soberanía popular y la necesidad de liberar al trabajador de la opresión y explotación que sufría, propugnando por la asociación de los obreros; colaboró con Juárez pero le reprochó no llevar adelante con energía el cumplimiento de la Reforma y se manifestó contra sus reelecciones. Al morir, siendo Magistrado de la Suprema Corte, el gobierno de Porfirio Díaz tuvo que sufragar los costos del sepelio, pues su familia no disponía de recursos (ninguna semejanza con los actuales Ministros y Magistrados).
Obligadamente Brom menciona a Benito Juárez como una de las figuras más destacadas de la historia de México y de América Latina (1806-1872), quien nació en San Pablo Guelatao, Oaxaca e inició estudios para sacerdote pero los abandonó e ingresó al Instituto de Ciencias y Artes de Oaxaca, donde se graduó de Abogado y de 1847 a 1852, como Gobernador de Oaxaca, saneó las finanzas, creó escuelas y promovió la construcción de caminos.
Juárez fue encarcelado por el gobierno de Santa Anna y después desterrado para posteriormente sumarse a la Revolución liberal abanderada por el Plan de Ayutla, participando en los gobiernos de Juan Álvarez e Ignacio Comonfort, asumiendo la presidencia de la República a la renuncia de éste y ejerciéndola hasta su fallecimiento, en 1872. Se caracterizó por su firmeza, su apego a las leyes del país y su honestidad personal; las acciones que encabezó como la separación de la Iglesia del Estado, fueron decisivas para la modernización de México y la consolidación de la Independencia nacional.
José Luís Soberanes Fernández en su "Historia del Derecho Mexicano" nos señala que al sustituir en la presidencia de la República Ignacio Comonfort a Juan Álvarez el 11 de diciembre de 1855, conformó un gabinete integrado por Guillermo Prieto, Melchor Ocampo, Ponciano Arriaga, Miguel Lerdo de Tejada y Benito Juárez, quienes se distinguieron por su intensa actividad legislativa promulgando entre otras leyes:
1.-Ley Juárez del 23 de noviembre de 1855 sobre administración de justicia en la que se estableció la supresión de los fueros eclesiástico y militar en materia civil.
2.-Ley de Imprenta del 28 de diciembre de 1855
3.-Ley Lerdo de 25 de junio de 1856 en la que se dispuso la desamortización de fincas rústicas y urbanas pertenecientes a las corporaciones civiles o eclesiásticas, disponiendo se adjudicasen al arrendatario o al mejor postor.
4.-Ley Iglesias del 11 de abril de 1857 en la que se estipularon los aranceles parroquiales para el cobro de derechos y obvenciones (propinas).
Soberanes Fernández señala que el Congreso Constituyente del que derivó la Constitución de 1857 inició la discusión de los proyectos el 9 de julio de 1856 siendo los principales temas: I.-La teoría del gobierno; II.-La inclusión de un catálogo de derechos; III.-Las relaciones de la Iglesia con el Estado; IV.-El sistema de elección directa; V.-El establecimiento del juicio por jurados en los procesos criminales; VI.-La libertad de expresión, prensa, enseñanza en materia de trabajo y de cultos; VII.-La justicia social en que se hicieron notar los planteamientos de Don Ignacio Ramírez; VIII.-El derecho de propiedad y la distribución de la riqueza; y IX.-La política económica, agregando que una vez terminados los debates del proyecto de Constitución fue jurada y promulgada el 5 de febrero de 1857.
José Luís Soberanes, después de relatar las luchas y movimientos en que intervino Félix Zuluaga con el Plan de Tacubaya el 17 de diciembre de 1857 y la declaración de insubsistente de la Constitución de 1857, restaurado en el poder Juárez, el 7 de julio de 1859 expidió el Manifiesto del gobierno constitucional a la nación, emitiendo la legislación que recogió los puntos principales del ideario liberal y que se conoce comúnmente como las leyes de Reforma entre las que destacan:
1.-Ley de nacionalización de los bienes eclesiásticos de 12 de julio de 1859.
2.-Ley de matrimonio civil del 23 de julio de 1859.
3.-Ley orgánica del Registro Civil del 28 de julio de 1859 que contiene la Ley sobre el estado civil de las personas.
4.-Decreto del gobierno que declara que cesa toda intervención del clero en los cementerios y camposantos del 31 de julio de 1859.
5.-Decreto que declara qué días deben tenerse como festivos y prohíbe la asistencia oficial a las funciones de la Iglesia del 11 de agosto de 1859.
6.-Ley sobre libertad de cultos del 04 de diciembre de 1860
7.-Decreto que declara que quedan secularizados los hospitales y establecimientos de beneficencia del 02 de febrero de 1861.
8.-Decreto que declara la extinción en toda la república de las comunidades religiosas del 26 de febrero de 1863.
Desde luego lo antes escrito son someras referencias históricas que sugieren una lectura y análisis más completo a efecto de formar un criterio objetivo y especialmente obliga a un análisis en cuanto a la aplicación y efectos de dichas leyes a fin de determinar si la acción gubernamental ha procedido en forma congruente con el mandato legal y ha verificado los resultados y obrado en consecuencia.
Gerardo Dávila Infante, ejerce su profesión en Tijuana, B. C.
Correo: lic_g_davila@hotmail.com
|
 |
|
 |