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Gobierno aceptó que ellos realizaron el video entregado a ZETA.

Delitos en la grabación

Abogados especialistas en derecho penal coincidieron en que la plática entre Humberto Valdez, Víctor de la Garza y Julio Lamas sugiere muchas irregularidades, delitos como abuso de autoridad, peculado y negociaciones ilícitas. Además, al confirmar la Procuraduría que ellos grabaron la conversación, también implica un delito, pues solamente las autoridades federales están facultadas para vídeo-grabar, con orden expresa de un Juez.

Investigaciones ZETA

Los videos enviados a ZETA muestran que la relación y cruce de información entre el licenciado Humberto “El Pato” Valdez y funcionarios de la Procuraduría del Estado de Baja California eran perfectamente conocidos por los miembros del crimen organizado  y elementos de las corporaciones de seguridad pública estatal.
Todo indica que sólo los ciudadanos comunes no estaban enterados.
Ese dato estaba en poder de los delincuentes. De acuerdo a declaraciones del Procurador Antonio Martínez Luna el video recibido el 29 de abril fue grabado por criminales que torturaron y aleccionaron al ex policía estatal José Ramón Velásquez Molina, quien lo señaló de estar coludido con las bandas del crimen organizado y que su intermediario era el licenciado Valdez.
Es evidente que la relación entre Procurador y abogado, también era conocida por el gobierno; conforme al comunicado de prensa 762, emitido por la Dirección de Comunicación el 17 de mayo, el segundo disco con imágenes que recibió ZETA el 14 de mayo, fue grabado por la misma Procuraduría.
Ahí se apreció a Valdez con Víctor de la Garza Herrada, ex director de la Unidad Especializada Contra la Delincuencia Organizada, actual Secretario de Seguridad Pública Estatal, y con Julio Lamas, el secretario particular del Procurador del Estado, acordando un operativo para detener a un miembro del crimen organizado.
Aclarar por qué miembros del crimen organizado, o policías estatales, decidieron hacer pública esta información, será otra de las responsabilidades pendientes de la Agencia Federal de Investigaciones, que oficialmente está encargada de la investigación que se inició con el video de las supuestas confesiones de Velásquez Molina.

Implicaciones legales
El Gobierno de Baja California determinó su posición respecto a lo publicado por ZETA en la edición 1729. Aseguraron que en la información de este semanario “en ningún momento se establecen elementos que violenten la ley, al contrario, se afirma que todo se hace con estricto apego a la misma”.
Sin embargo es pertinente señalar que en la nota mencionada, no se calificó, ni descalificó la legalidad en la actuación de los protagonistas. ZETA exclusivamente expuso parte del material recibido, con el que se demuestra que en 2004 existía una relación entre los funcionarios de la Procuraduría de Justicia del Estado con el abogado Humberto “El Pato” Valdez, misma que había sido negada entre el 4 y 10 de mayo por las autoridades.
Como el contenido del video es asunto aparte, licenciados en derecho consultados –incluidos algunos de extracción panista– consideraron que de acuerdo a los datos aportados en el segundo video, la Procuraduría Federal sí debe investigar la posible comisión de varios delitos establecidos en el Código Penal Federal.
Determinaron que algunas de las acciones evidenciadas en el material gráfico, pudieran ser sancionables por el Código Penal de Baja California, pero el problema sería que la responsable de investigar sería la misma Procuraduría del Estado. Otra vez, Martínez Luna quedaría en calidad de juez y parte.
Especialistas en derecho consideraron que a partir de la evidente relación del abogado externo con los funcionarios y el aparente desvío de recursos a un agente externo, llámese viáticos, personal, autos, debe analizarse la posible violación de los siguientes artículos:
Artículo 293 del Código Penal del Estado de Baja California y 215 del Código Penal Federal:
“Comete el delito de abuso de autoridad todo servidor público, sea cual fuere su categoría, en los casos siguientes:
“Cuando teniendo a su cargo caudales del erario les dé una aplicación pública distinta a aquella a que estuvieren destinado, o hiciere un pago ilegal;
“Cuando abusando de su poder, haga que se le entreguen algunos fondos, valores u otra cosa que no se le haya confiado a él y se los apropie o disponga de ellos indebidamente por un interés privado…”
Artículo 298 código local y 223 del código federal:
Comete el delito de peculado el servidor público que, para usos propios o ajenos distraiga de su objeto, dinero, valores, fincas o cualquier otra cosa perteneciente al Estado o municipios, a organismos descentralizados, o a un particular, si por razón de su cargo los hubiere recibido en administración, en depósito o por otra causa.
Artículo 305 del código de Baja California, referente a las Negociaciones Ilícitas que sanciona a los funcionarios quienes:
“En el desempeño de su empleo, cargo o comisión, otorgue por sí o por interpósita persona, contratos, concesiones, permisos, licencias, autorizaciones, franquicias, exenciones o efectúe compras o ventas o realice cualquier acto jurídico que produzca beneficios económicos al propio servidor público, a su cónyuge, descendientes o ascendientes, parientes por consanguinidad o afinidad hasta el cuarto grado, a cualquier tercero con el que tenga vínculos afectivos, económicos o de dependencia administrativa directa, o socios o sociedades de las que el servidor público o las personas antes referidas formen parte…”
Los juristas explicaron que la Procuraduría General de la República tiene la responsabilidad de analizar que los personajes del video, aparentemente planearon una serie de actividades presumiblemente irregulares, de acuerdo al mismo Valdez, quien incluso recordó que no tenían orden de aprehensión para detener al que estaban planeando atrapar.
En las mismas imágenes, fue corroborada la falta de elementos legales por el ex director de la Unidad Especializada Contra la Delincuencia Organizada  (UECO), Víctor Felipe de la Garza Herrada, quien mencionó la forma en que iban a “enderezar las cosas” para que todo se diera conforme a derecho y nadie estuviera en riesgo.
Legistas señalaron que estas actuaciones podrían implicar violaciones al artículo 294 del código local y al 216 del código federal:
“Cometen el delito de coalición: los servidores públicos que se coliguen para tomar medidas contrarias a una Ley o reglamento, impedir su ejecución o para hacer dimisión de supuestos con el fin de impedir o suspender la administración pública en cualquiera de sus ramas”.
Incluso, señalaron que la autoridad no puede dejar de revisar la eventualidad de que se encuadre el delito de Asociación Delictuosa sancionado por el Código Penal Federal, dado que uno de los planes aparentemente compartidos, entre el abogado y los funcionarios, era privar de la libertad a Eduardo Ronquillo Delgado “El Niño” y mantenerlo así hasta que confesara sus delitos dado que no tenía ningún cargo fincado.
Artículo 164.- Al que forme parte de una asociación o banda de tres o más personas con propósito de delinquir, se le impondrá prisión de cinco a diez años y de cien a trescientos días multa.
“Cuando el miembro de la asociación sea o haya sido servidor público de alguna corporación policial, la pena a que se refiere el párrafo anterior se aumentará en una mitad y se impondrá, además, la destitución del empleo, cargo o comisión públicos e inhabilitación de uno a cinco años para desempeñar otro…”

La investigación
Para la verificación de la posible comisión de delitos presumiblemente plasmados en el video, los abogados consideraron urgente que los investigadores revisen cuáles acciones del plan discutido por el abogado y los funcionarios en el video, se ejecutaron, si es que se realizaron.
Conforme a la información aportada en las vídeo-grabaciones, los planes se hicieron el 18 de febrero de 2004 para ejecutarse un domingo, pero no especificaron fecha.
Hablaron de detener a Jorge Eduardo Ronquillo Delgado “El Niño” dentro del penal sin un solo disparo. Mediante un interrogatorio hacer que confesara sus múltiples delitos, y después entregarlo a la federación para que se lo llevara del estado.
Valdez sugirió a De la Garza asustar al delincuente para ganar el respeto de la mafia, metiéndole tres tiros con los que no peligrara su vida. Y también hablaron de fingir que Ismael “El Mayo” Zamaba lo había mandando “levantar”.
Finalmente, Ronquillo Delgado apareció ejecutado de cuatro balazos en la cabeza y su cuerpo incinerado parcialmente dentro de una camioneta de reciente modelo, en la rampa de la colonia Lomas del Sol en la delegación San Antonio de los Buenos, el sábado 9 de octubre de 2004.
Cinco meses después de la reunión en la dirección de la UECO.
La versión extraoficial fue que a Ronquillo lo habían matado como parte de la narco-guerra que vivía Tijuana entre cárteles. Su homicidio lo había ordenado Arturo Villarreal “El Nalgón”, quien fue señalado por ZETA el 27 de febrero de ese mismo año, como uno de los nuevos jefes de sicarios de los Arellano.
En el intermedio, entre la reunión vídeo-grabada y la muerte de “El Niño”, el único operativo público realizado en el Centro de Readaptación Social de La Mesa en Tijuana fue el 14 de abril cuando “tres o cuatro miembros del Cártel del Golfo ayudaron en la fuga de película realizada por cinco reos pertenecientes a los Arellano, los mismos que siendo subprocurador Rogelio Delgado Neri no había aceptado liberar, lo que fuera la razón de que lo asesinaran el 23 de enero de 2004”.
Casi un mes después, el 10 de marzo, seis delincuentes que participaron en un intento de secuestro fallido, balacera y persecución, fueron detenidos.
La Procuraduría del Estado informó que habían confesado haber participado en los homicidios de Manjarrez, Delgado Neri y José Guadalupe Chávez Vernasa “El Peruano”. Y también habían inculpado a Arturo Villarreal y a Eduardo Ronquillo. Por fin el estado los implicó formalmente en una investigación.
De las actividades delictivas de Ronquillo de manera no oficial, la Procuraduría local informó que el 22 de junio de ese año, participó en el operativo criminal en el que asesinaron el editor de ZETA, licenciado Francisco Javier Ortiz Franco. En aquel momento aseguraron que “El Niño” había trabajado con otros sicarios de Cártel de los Arellano Félix  como Villarreal, con los que supuestamente tenía rencillas.
Lo abogados consultados por ZETA, consideran pertinente revisar:
* Si existió la mencionada lista y si hubo traslados a El Hongo.
* Verificar si la novia y el cuñado de Ronquillo fueron trasladados a El Hongo. Cuándo fue la última vez que esta mujer vio a su pareja y cuánto tiempo transcurrió desde esa visita hasta la fecha en que fue localizado muerto. Y quién es su abogado actualmente.
* Qué información tiene de la ejecución de Ronquillo el entonces director de Periciales, quien también fue señalado como abogado del homicida asesinado, Francisco Castro Trenti.
* Constatar si hubo movimiento de policías, autos y equipo de la UECO de Mexicali a Tijuana. Si detuvieron a gente de Ronquillo en aquella fecha o se dio la mencionada detención fuera de procedimiento.
* Quién fue el responsable de la investigación mal hecha que permitió que Ronquillo saliera libre en 2001 cuando lo acusaron de haber asesinado al licenciado Alejandro Manjarrez, quien se desempeñaba como secretario del Gobernador Alejandro González Alcocer. Y examinar si las autoridades implicadas en su liberación no vieron incrementada su fortuna personal.
Incluso, los estudiosos del derecho mencionaron la necesidad de incluir a los protagonistas del segundo video en la averiguación previa del asesinato de Ronquillo, y no se trata de acusarlos sino de deslindar responsabilidades y mantener la transparencia.

La grabación
De acuerdo al comunicado de la Dirección de Comunicación del Gobierno del Estado, ellos como autoridad, grabaron el video donde aparecieron conversando el ex director de la UECO y actual secretario de Seguridad Víctor Felipe de la Garza Herrada, el abogado Humberto ”El Pato” Valdez y Julio Lamas García, secretario particular del Procurador Antonio Martínez Luna.
Aseguraron que se trata de un material oficial que “corresponde al sistema de monitoreo mediante el cual se graban imágenes en distintas oficinas de la institución donde se presentan denuncias como parte del programa de transparencia y seguridad, éstas se almacenan, analizan y en todo caso se canalizan”, dice el texto.
ZETA consultó abogados y revisó las distintas leyes, códigos y reglamentaciones de procedimientos estatales y federales, incluida la de combate al crimen organizado y sólo se encontró un caso regulado y por tanto permitido, en el cual la autoridad puede “intervenir” comunicaciones privadas.
Es un hecho que si el ciudadano quiere denunciar públicamente y sin temor, lo hace en los escritorios de Ministerio Público, y no acude confiando a la discreción de la oficina de un funcionario de alto rango.
La ley federal de combate al crimen organizado, prevé en su artículo 16 que:
“Podrán ser objeto de intervención las comunicaciones privadas que se realicen de forma oral, escrita, por signos, señales o mediante el empleo de aparatos eléctricos, electrónicos, mecánicos, alámbricos (sic) o inalámbricos, sistemas o equipos informáticos, así como por cualquier otro medio o forma que permita la comunicación entre uno o varios emisores y uno o varios receptores”.
Sin embargo también establece que esto se hará legal, sólo previa autorización de un juez y tanto la solicitud como la aprobación deberá contener los nombres de “la persona o personas que serán investigadas; la identificación del lugar o lugares donde se realizará; el tipo de comunicación privada a ser intervenida; su duración; y el procedimiento y equipos para la intervención y, en su caso, la identificación de la persona a cuyo cargo está la prestación del servicio a través del cual se realiza la comunicación objeto de la intervención”.
Las leyes del tema, locales y federales también apuntan claramente la obligación de destruir el material cuando no sea utilizado en algún caso y ésta es la única regulación al respecto. Considerando que a la autoridad sólo le esté permitido lo regulado, aparentemente existe algún tipo de inconsistencia que merece ser revisada. 
La Suprema Corte de Justicia de la Nación, ha establecido que el Ministerio Público es una institución de buena fe y como tal debe ser su comportamiento.
Ahora es un hecho, por el comunicado del Gobierno, que todos los que han acudido con el Procurador y subprocuradores a denunciar a traficantes de drogas, personas, dólares o secuestradores, se encuentran en peligro porque fueron grabados, sin su consentimiento y conocimiento. Lo que se agrava porque el material, evidentemente, no es destruido después de ser analizado. Como muestra el video publicado que data de 2004.


Dice en su defensa que en los “narcovideos” se menciona a más funcionarios

Martínez Luna: Que señalen a los otros

Si en los narco-videos se mencionan a otros funcionarios públicos de la administración estatal y municipal “por qué nada más a mí me señalan”, contestó en su defensa Antonio Martínez Luna, titular de la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE). 
El lunes 21 de mayo, el procurador de Baja California fue cuestionado sobre el segundo video que reveló la cercanía del abogado Humberto Valdez en las decisiones de la procuraduría de Baja California. Incluso, el amigo del procurador planteó la probable aprehensión de Jorge Eduardo Ronquillo Delgado, alias “El Niño”, porque estaba adquiriendo poder dentro del narcotráfico.
En el video, el abogado que pidió viáticos, le dio un nombre a De la Garza Herrada para que a su vez lo incluyera en una lista de reos que trasladarían del penal de Tijuana a El Hongo. De la Garza Herrada expone cómo podrían hacerle para hacer aparentar que la hipotética detención de Ronquillo Delgado fue dentro de la legalidad y no una arbitrariedad de la autoridad.
Para el procurador Martínez Luna no hay espionaje dentro de la corporación porque es normal que graben algunas entrevistas en sus oficinas. 
“Primero por cuestión de asuntos internos, segundo para seguridad de los funcionarios; sí lo hacemos, inclusive en forma constante se monitorean los edificios, las celdas y las oficinas”, señaló a quien apodan “El Blindado”.
Ese video fue realizado por gente de inteligencia de la PGJE, y “lo lamentable es que se está dando a conocer” y ésa es la investigación, explicó el procurador diciendo que no hay nada irregular por parte de los funcionarios.
Indicó que el abogado Valdez fue a la Procuraduría a dar información porque sus clientes que son una mujer y unos niños, están amenazados por Ronquillo Delgado.    
Martínez Luna negó que su amigo Valdez tenga algún cargo en la procuraduría, como ya lo había señalado el ex policía José Ramón Velásquez Molina. 
Sobre la petición de viáticos, Martínez Luna respondió “cualquiera que lo conozca sabe que así habla él porque se desenvuelve en el medio penal, así se desenvuelve”.
Lo cierto es que los dos videos complementan la versión de que Humberto Valdez es amigo cercano de Martínez Luna, tienen la confianza para dar órdenes y planear detenciones. 
En la misma rueda de prensa, el procurador informó sobre la detención de seis sujetos acusados de asesinar a tres hombres el 20 de marzo. Los tres cuerpos fueron encontrados degollados en la cajuela de un automóvil y se trataba de los hermanos Joaquín, Rogelio y Héctor Manuel Sánchez Sillas.
Según el procurador, los tres hermanos procedentes de Ciudad Obregón eran sicarios y venían a Mexicali a cometer un asesinato. Relató que el jefe de la banda identificado como Miguel Ángel Rivera López “El Tata”, conoció a un individuo mientras estaba preso en Estados Unidos por el delito de tráfico de personas. 
Originarios ambos de Badiraguato, Sinaloa, la versión oficial sostiene que uno de los hombres quería asesinar a una persona en Mexicali porque mató a un tío. Planearon el crimen y le pagarían al “Tata” 25 mil dólares.   
Pero resulta que el apodado “Tata” conocía al supuesto objetivo de muerte y cuando llegaron a Mexicali a cumplir el encargo fueron asesinados por los seis hombres que ahora están arraigados: Doroteo Angulo Solano, Cirilo Otoniel López, Basilio López Lozoya, José López Pérez y José Luis Gonzalo Lozoya Valenzuela.


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