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El debate continúa: la pena de muerte

(Primera Parte)

Lic. y Mtro. Benigno Licea González

“La sentencia menos severa es siempre la más justa” (Lucas Arnualt)

¿Por qué la sociedad persiste en matar?

¿Qué ventajas aporta la pena de muerte?

¿Es en verdad una solución que disminuya los altos índices delictivos?

Recuerdo perfectamente que el maestro Francisco González de la Vega decía con respecto a este tema: “La pena de muerte es ejemplar, pero no en el sentido ingenuo otorgado por sus partidarios; es ejemplar porque enseña a derramar sangre”.

El gran Bernard Shaw afirmó que “el homicidio y la pena de muerte no son contrarios que se neutralizan, sino semejantes que se reproducen”.

Todavía hacia 1889 la Agencia de Viajes Cook, al organizar excursiones a París con motivo de la Exposición Universal, incluía en sus programas e itinerarios turísticos diarios, el aliciente de la asistencia a una ejecución en la Plaza de la Roquette o de la Greve. Seguramente para evitar que algunas multitudes formadas entre hombres, mujeres e incluso niños acudieran a presenciar estas públicas ejecuciones, las que, lejos de inspirar un saludable temor en los concurrentes y crear en ellos motivos de alejamiento del delito, llegaron incluso, a tenerse en reuniones de desenfreno con escandalosas escenas muy a la réplica de la poderosa narrativa de Patrick Suskind en su majestuosa novela de “El Perfume”.

Para evitar lo anterior, la pena capital fue pasando, de bochornoso espectáculo público, a una infame clandestinidad, en ejecuciones privadas, en la oscuridad de la noche sin espectadores, tan sólo con los testigos indispensables: “el juez, el verdugo, el médico y el capellán” y en algunos otros casos, con la asistencia de la víctima del delito o de sus familiares.

La pena capital ciertamente no es intimatoria, Alfonso Quiroz Cuarón en su singular obra “La Pena de Muerte en México”, nos dice que está demostrado que en los Estados donde más se aplica, son los más criminosos y que el delito aumenta en los países que le implantan y en la actualidad en la que los conservan. Además, su potencia intimatoria es nula exactamente en el tipo de criminales en los que generalmente se aplica (habituales, fanáticos, pasionales, seriales).

Pero veamos qué pasa en México: en nuestro país se conserva un notable y singular culto a la muerte, donde el morir es una forma de realizarse e incluso, se tiene más miedo a vivir, que a morir; donde los héroes populares matan a diestra y siniestra y son muertos (cuando los matan) con gran “lujo” de violencia. ¿Qué intimidación puede haber, si el pelotón de fusilamiento trae la gloria y, la muerte la inmortalidad?

Afirmaba con razón Roumagnac: “para los criminales, la narración pormenorizada en los periódicos de todos y cada unos de los postreros, gestos y frases del condenado a muerte, materialmente constituye un incentivo porque viene a formar entorno de aquél esa aureola de gloria con que aspiran tantos y tantos delincuentes”.

Los altos índices de criminalidad en México no lograrían disminuir por la implantación de esta pena trascendental como es la ejecución de la vida del delincuente y un aspecto que cabe mencionar es que en la actualidad aunque existen en los catálogos de pena de los Códigos Penales diversas sanciones que podrían aplicarse a dictarse un condena condenatoria en Materia Penal, generalmente, lo que los jueces penales aplican es la pena de prisión, la sanción pecuniaria y escuetamente el trabajo a favor de la comunidad que generalmente es sustituido por una multa de tal forma que, el sentenciado en realidad, no cubre moralmente su grave falta a la sociedad, plasmada en una acción delictiva.

La pena de prisión a diferencia de la “gloria y trascendencia” que implica la pena de muerte para el delincuente, no tiene nada de heroísmo ni de martirologio; el delincuente encarcelado, generalmente causa lástima y hasta compasión, es tan sólo un ser enjaulado, no hay poses que puedan admirarse ni tiene forma de demostrar “su valor”, el machismo, como en la pena capital si permanece encerrado no será objeto de leyendas, motivo de inspiración para un corrido que es una expresión de la descomposición de los valores en la sociedad y que desafortunadamente es del gusto del pópulo más preocupado por la distracción vana, que por las virtudes que los hombres en sociedad deben tener, no alcanzará la gloria que si obtendría con la pena capital.

Como dato curioso debo comentarle al lector que en Inglaterra entre 1900 y 1949 sospechó la policía que 7,454 personas habían cometido homicidio. De ellas 1,674 se suicidaron. ¿Alguien es capaz de sostener que a estos 1,674 suicidas les intimidaba la pena de muerte?

Contra lo que pueden pensar muchas personas, la pena de muerte es la más trascendental de todas. Se dice legalmente que es absolutamente personal porque sólo se aplica al sentenciado y esto aparentemente es verdad, pero el ejecutado deja de sufrir porque la cárcel implica incomodidades y tormento, y principia el sufrimiento, la estigmatización y el dolor de los familiares y amigos que seguramente lo amaron.

Uno de los puntos más importantes es el daño que la familia recibe, por lo que vemos que la teoría jurídica de la personalidad de la pena no resuelve en forma alguna el fondo del problema y aunque el juez afirme que sólo se ejecutará al sentenciado, está de hecho dictando una pena para los familiares que le sobreviven, quienes sufrirán por la muerte dolorosa de su ser querido, quienes quedarán sin haber cometido delito alguno señalados por la sociedad como la familia del delincuente ejecutado.

Santos Barberos en su interesante obra de “Estudio de Criminología” dice que el Derecho Penal debe ajustarse a las convicciones dominantes del pueblo, puesto que la colectividad tiene derecho a ser regida de acuerdo a su sentir ético.

Sin embargo considero que esta respetable opinión tiene sus deficiencias, puesto que autoridad popular no puede ser autoridad decisiva para el derecho penal, en la admisión o no de la pena de muerte. Efectivamente, cada vez que se comete un delito de alto impacto y efecto en la sociedad, la comunidad se siente insegura y por supuesto amenazada, se presente una reacción social popular pidiendo incluso, la pena de muerte y los periódicos y revistas de opinión en sus editoriales y artículos cuestionan la reimplantación de la pena de muerte, lo mismo ocurre en los medios de comunicación masivos como la radio y la televisión y habrá que resaltar que son los mismos que se escandalizan cuando es ejecutado un delincuente en el extranjero o que surgen como “defensores de ultranza” de los mexicanos ejecutados en los Estados Unidos como ha ocurrido en épocas recientes.

No hay que olvidar que la “opinión pública” aplaudió en sus respectivos países los crímenes del nazismo, del fascismo y demás dictaduras de uno y otro color, no cabe duda que en la democracia puede aplicarse o no, en la tiranía se aplica siempre.

Benigno Licea González, fue Presidente del Colegio de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Tijuana y posee el grado académico de Maestría en Ciencias Jurídico Penales. E-mail: liceagb@yahoo.com.mx


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